Análisis a los estándares de protección para Iniciativas REDD+ establecidos por la Corte Constitucional de Colombia en la sentencia T-248 de 2024
julio 9, 2024Análisis jurídico del decreto 1953 de 2014 sobre la autoridad ambiental indígena
agosto 6, 2024La Sentencia T-248 de 2024 es un fallo significativo emitido por la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia. Este fallo aborda la protección de los derechos fundamentales de las comunidades indígenas en el contexto de proyectos de mitigación climática, específicamente los proyectos REDD+.
El caso se originó cuando el Resguardo Indígena Pira Paraná y la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas del Río Pirá Paraná (ACAIPI) interpusieron una acción de tutela contra varias empresas y entidades gubernamentales. Argumentaron que en la implementación del proyecto REDD+, se habían vulnerado sus derechos fundamentales a la libre determinación, autonomía, territorio, identidad e integridad cultural, así como el derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado. Estas violaciones ocurrieron porque las empresas privadas ignoraron los modos de vida y las estructuras de gobierno de las comunidades indígenas, y el Estado no adoptó las salvaguardas sociales y ambientales acordadas en la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC).
La Corte identificó dos problemas jurídicos principales:
La Corte decidió proteger los derechos fundamentales de las comunidades indígenas a la libre determinación, autonomía, autogobierno, territorio, identidad, integridad cultural y consentimiento libre, previo e informado. Ordenó a las empresas involucradas abstenerse de intervenir en el proceso de toma de decisiones de la población indígena sobre el proyecto REDD+ y al Ministerio del Interior facilitar un espacio de diálogo para alcanzar un acuerdo sobre la implementación del proyecto.
La Corte Constitucional fundamentó su decisión en varios marcos jurídicos internacionales y nacionales relacionados con los proyectos REDD+. Estos incluyen la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto y el Acuerdo de París, que establecen compromisos para la reducción de emisiones derivadas de la deforestación y la degradación de los bosques. Además, se destacó la importancia de respetar los derechos de los pueblos indígenas, incluidos el derecho a la libre determinación, autonomía, autogobierno, y el derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado.
Este fallo subraya la necesidad de que los proyectos REDD+ se implementen respetando plenamente los derechos de las comunidades indígenas. La Corte enfatizó que estas comunidades no solo son guardianas tradicionales de los bosques, sino también las principales afectadas por cualquier proyecto en sus territorios. Por lo tanto, cualquier iniciativa debe desarrollarse en armonía con las estructuras de gobernanza indígenas y los marcos normativos que protegen sus derechos, asegurando así que las decisiones se tomen con la plena participación y consentimiento de las comunidades afectadas.
Este análisis refuerza la relevancia de integrar un enfoque étnico en los proyectos ambientales, respetando y protegiendo los derechos fundamentales de las comunidades indígenas, y garantizando un equilibrio entre la preservación ambiental y el respeto a sus formas de vida y gobierno.