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febrero 7, 202426 de enero de 2024. La Superintendencia de Sociedades, con la circular externa 100-000010 del 2023, busca guiar y promover prácticas empresariales sostenibles, identificando riesgos y desafíos emergentes, en línea con las directrices gubernamentales. Así mismo, avanzar en materia de sostenibilidad en el marco jurídico colombiano, destacando la importancia del desarrollo sostenible y la competitividad del país como lo establece la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026).
En cuanto al marco normativo, se hace referencia a la concientización global sobre problemas de sostenibilidad y desarrollo económico, instando a un mayor control gubernamental sobre el sector privado. Dentro del documento se mencionan eventos, documentos claves, como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD), la Declaración de Río y el Acuerdo de París sobre cambio climático, resaltando la importancia de la cooperación internacional para lograr el desarrollo sostenible.
Se hace referencia a la Agenda 2030, compuesta por 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que busca lograr una prosperidad respetuosa y un estilo de vida sostenible. El Objetivo de Desarrollo Sostenible número 12 insta a las empresas, especialmente las grandes y transnacionales, a adoptar prácticas sostenibles e incorporar información sobre sostenibilidad en sus informes.
Las recomendaciones establecidas se aplicarán a las empresas bajos la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, que hayan alcanzado ingresos totales o activos iguales o superiores a cuarenta mil (40.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), en la vigencia del año 2023. Así mismo a las entidades vigiladas o controladas que pertenezcan a los siguientes sectores:
- Minero-energético
- Manufactura
- Construcción
- Turismo
- Telecomunicaciones
- Nuevas tecnologías siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Circular correspondiente a cada sector.
La circular establece la necesidad del reporte de Sostenibilidad el cual deberá tener las siguientes etapas: Proceso de Debida Diligencia que verifique la solidez, credibilidad y transparencia de la información, el informe debe incluir evidencia de la evaluación y alcance de las actividades realizadas, la acreditación de un sistema de gestión de riesgos para evaluar el impacto del modelo de negocio, y un seguimiento a la eficacia de las medidas implementadas para prevenir o reducir impactos negativos.
El reporte, debe incluir, al menos: i) el nombre del estándar internacional utilizado para la preparación del informe; ii) el índice de contenido; iii) el perfil de la entidad empresarial; iv) el contexto y la estrategia de sostenibilidad; y v) la revelación de la gestión realizada.
Finalmente, las empresas y entidades deberán designar a un responsable de dicho reporte, el cual debe presentar al menos una vez al año ante el máximo órgano social.